{"id":112,"date":"2023-07-28T11:31:17","date_gmt":"2023-07-28T09:31:17","guid":{"rendered":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/pensioni-e-sicurezza-sociale\/"},"modified":"2023-08-02T22:33:36","modified_gmt":"2023-08-02T20:33:36","slug":"pensioni-e-sicurezza-sociale","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/servizi-consolari-e-visti\/servizi-per-il-cittadino-italiano\/pensioni-e-sicurezza-sociale\/","title":{"rendered":"Pensiones y seguridad social"},"content":{"rendered":"<p><strong>Seguridad social<\/strong><\/p>\n<p>Por \u00abseguridad social\u00bb entendemos el conjunto de intervenciones destinadas a proporcionar bienes y servicios en favor de los ciudadanos necesitados; estas intervenciones van desde la asistencia gratuita a los indigentes, hasta la creaci\u00f3n e integraci\u00f3n de organismos e instituciones para garantizar a los ciudadanos incapaces de trabajar y carentes de medios sociales para vivir, una manutenci\u00f3n y asistencia social y, a los trabajadores, medios adecuados para cubrir sus necesidades vitales en caso de accidente, enfermedad, invalidez, vejez y desempleo involuntario.<\/p>\n<p>La seguridad social comprende:<br \/>\n&#8211; la <strong>asistencia social<\/strong> que cumple una funci\u00f3n gen\u00e9rica de protecci\u00f3n de los necesitados, protecci\u00f3n que se extiende a todos los ciudadanos en toda ocasi\u00f3n de necesidad, dentro de los l\u00edmites de la disponibilidad del prestador;<br \/>\n&#8211; la <strong>seguridad social<\/strong> que cumple la funci\u00f3n espec\u00edfica de protecci\u00f3n de los trabajadores.<\/p>\n<p>Los sujetos con derecho a protecci\u00f3n son:<br \/>\n&#8211; los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia<br \/>\n&#8211; funcionarios;<br \/>\n&#8211; estudiantes<br \/>\n&#8211; pensionistas;<br \/>\n&#8211; familiares y supervivientes de las personas mencionadas.<\/p>\n<p>Este tema est\u00e1 siendo revisado actualmente por las autoridades gubernamentales italianas. Recomendamos consultar el sitio web del <a href=\"http:\/\/www.inps.it\/\">INPS<\/a> (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y, en particular, la secci\u00f3n del sitio dedicada a la <a href=\"http:\/\/www.inps.it\/portale\/default.aspx?sID=0%3b7661%3b&amp;lastMenu=7661&amp;iMenu=1\"><strong>Reforma de las Pensiones<\/strong><\/a>.<\/p>\n<p>V\u00e9anse entonces, con referencia a los distintos instrumentos, los siguientes sitios<br \/>\n<strong>&#8211; PENSI\u00d3N DE VEJEZ<\/strong>: tras la entrada en vigor de la Ley 335\/95, el derecho a solicitar una pensi\u00f3n de vejez est\u00e1 condicionado a que el trabajador tenga al menos 20 a\u00f1os de cotizaci\u00f3n, 65 a\u00f1os los hombres y 60 las mujeres;<\/p>\n<p><strong>&#8211; PENSI\u00d3N DE VEJEZ<\/strong>: la pensi\u00f3n de vejez est\u00e1 regulada por la Ley 335\/95; seg\u00fan dicha ley, el derecho del trabajador a la pensi\u00f3n de vejez se obtiene al alcanzar una antig\u00fcedad de 35 a\u00f1os o m\u00e1s, en concurrencia con al menos 57 a\u00f1os de edad o al alcanzar un per\u00edodo de cotizaci\u00f3n no inferior a 40 a\u00f1os;<\/p>\n<p><strong>&#8211; PRESTACI\u00d3N ORDINARIA DE INVALIDEZ<\/strong>: La prestaci\u00f3n ordinaria de invalidez se abona al trabajador cuya capacidad para trabajar, en ocupaciones adaptadas a sus costumbres, est\u00e1 reducida de forma permanente por una enfermedad o un defecto f\u00edsico o ps\u00edquico a menos de un tercio. Para tener derecho al subsidio, el trabajador debe tener 5 a\u00f1os de seguro y cotizaciones: de estas \u00faltimas, al menos 3 a\u00f1os deben haberse abonado en los 5 a\u00f1os anteriores a la solicitud de seguro.<br \/>\nEl subsidio se reconoce por una duraci\u00f3n de 3 a\u00f1os y puede confirmarse tras una revisi\u00f3n del INPS a solicitud del interesado por periodos de la misma duraci\u00f3n. Tras 3 reconocimientos sucesivos, el cheque se confirma definitivamente.<br \/>\nEl subsidio ordinario de invalidez no es reversible a los supervivientes;<\/p>\n<p><strong>&#8211; PENSI\u00d3N DE INCAPACIDAD:<\/strong><\/p>\n<p>El derecho a la pensi\u00f3n de incapacidad se alcanza en base a los requisitos de aseguramiento y cotizaci\u00f3n, as\u00ed como otros adicionales, exigidos en la modalidad de pensi\u00f3n en la que se encuentre inscrito el trabajador en el momento de producirse el estado incapacitante.<\/p>\n<p>Un requisito fundamental para la concesi\u00f3n de esta prestaci\u00f3n de jubilaci\u00f3n es el reconocimiento del estado de incapacidad absoluta y permanente para el ejercicio de cualquier actividad laboral, que deber\u00e1 constatarse en el momento de la solicitud, si a\u00fan se encuentra en activo, o en el plazo de dos a\u00f1os desde el cese en el trabajo (con referencia a la fecha de cese en el trabajo).<\/p>\n<p>A efectos del cumplimiento de los requisitos anteriores, es pertinente la suma de los periodos de seguro y cotizaci\u00f3n no concurrentes resultantes de los reg\u00edmenes de gesti\u00f3n individuales en los que el interesado haya estado afiliado.<\/p>\n<p>La totalizaci\u00f3n tambi\u00e9n puede ser solicitada por el titular de un subsidio ordinario de invalidez, con el fin de obtener un tratamiento por incapacidad absoluta y permanente.<\/p>\n<p>La gesti\u00f3n de la \u00faltima inscripci\u00f3n del solicitante comprobar\u00e1 la existencia del requisito de salud. Por lo que respecta a las personas inscritas en los reg\u00edmenes de gesti\u00f3n establecidos en el INPS, la situaci\u00f3n de incapacidad deber\u00e1 comprobarse de conformidad con el art\u00edculo 2 de la Ley n\u00ba 222 de 12 de junio de 1984.<\/p>\n<p>El incremento convencional de la antig\u00fcedad debe prorratearse entre todos los reg\u00edmenes de gesti\u00f3n incluidos en la pensi\u00f3n de invalidez de totalizaci\u00f3n, en proporci\u00f3n a la antig\u00fcedad en el seguro que posea el asegurado;<\/p>\n<p><strong>&#8211; PENSI\u00d3N DE SUPERVIVENCIA:<\/strong><\/p>\n<p>La pensi\u00f3n de supervivencia se abona a los familiares del trabajador fallecido y toma el nombre de pensi\u00f3n de supervivencia, si el trabajador fallecido era beneficiario de una pensi\u00f3n directa y de una pensi\u00f3n indirecta, si el trabajador fallecido no era beneficiario de una pensi\u00f3n directa, pero en el momento de su fallecimiento cumpl\u00eda los requisitos de seguro y cotizaci\u00f3n para obtener el subsidio ordinario de invalidez o la pensi\u00f3n de invalidez.<br \/>\nLos miembros de la familia con derecho a pensi\u00f3n son:<\/p>\n<ul>\n<li>el c\u00f3nyuge y los hijos que en la fecha del fallecimiento del trabajador eran menores de edad, estudiantes o discapacitados;<\/li>\n<li>los padres que, en la fecha del fallecimiento del trabajador, tengan 65 a\u00f1os o m\u00e1s, no sean titulares de una pensi\u00f3n y est\u00e9n a cargo del fallecido;<\/li>\n<\/ul>\n<p>a falta de tales beneficiarios, los hermanos y hermanas solteros que en la fecha del fallecimiento del trabajador sean incapacitados, no perciban una pensi\u00f3n directa o indirecta y est\u00e9n a cargo del fallecido;<\/p>\n<p><strong>&#8211; SUBSIDIO SOCIAL:<\/strong><\/p>\n<p>La pensi\u00f3n social se concede a los ciudadanos mayores de 65 a\u00f1os (italianos o de un Estado de la Comunidad Europea) que residen habitualmente en el territorio nacional sin ning\u00fan tipo de protecci\u00f3n de seguro y cuyos ingresos, incluidos los de su c\u00f3nyuge, son inferiores a los establecidos por la ley.<\/p>\n<p>Seguridad social internacional<\/p>\n<p>La seguridad social internacional se refiere a la protecci\u00f3n social de los ciudadanos de un pa\u00eds que residen habitualmente en otro pa\u00eds. La protecci\u00f3n de los inmigrantes debe garantizarse mediante normativas internacionales actualizadas que tengan en cuenta constantemente los cambios sociales.<br \/>\nEn el \u00e1mbito comunitario (UE), la protecci\u00f3n social se realiza mediante la aplicaci\u00f3n de la normativa comunitaria. La legislaci\u00f3n comunitaria en materia de seguridad social es de aplicaci\u00f3n inmediata y directa en el territorio de los 25 pa\u00edses que actualmente forman parte de la Uni\u00f3n Europea.<br \/>\nLa misma normativa se aplica tambi\u00e9n a los 3 pa\u00edses que, sin ser miembros de la Uni\u00f3n Europea, se han adherido al Acuerdo sobre el Espacio Econ\u00f3mico Europeo (EEE): Islandia, Noruega y Liechtenstein.<br \/>\nDesde el 1 de junio de 2002, esta normativa tambi\u00e9n se aplica a la Confederaci\u00f3n Suiza gracias a un acuerdo con la Comunidad Europea y sus 25 Estados miembros.<\/p>\n<p>En el espacio extracomunitario, la protecci\u00f3n social se aplica normalmente a trav\u00e9s de convenios bilaterales.<\/p>\n<p><strong>REGLAMENTOS COMUNITARIOS<\/strong><br \/>\nLos Reglamentos comunitarios n\u00ba 1408\/71 y 574\/72, que han sido prorrogados y actualizados en varias ocasiones, regulan exhaustivamente la seguridad social en las relaciones entre los pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea, el Espacio Econ\u00f3mico Europeo y Suiza.<br \/>\nLos Reglamentos comunitarios establecen normas generales para el seguro de invalidez, vejez y muerte (pensiones), el seguro contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, contra el desempleo involuntario, para la asistencia por enfermedad y maternidad y para las prestaciones familiares.<br \/>\nAdem\u00e1s, los Reglamentos comunitarios no sustituyen a las legislaciones de los Estados miembros, sino que regulan su aplicaci\u00f3n de manera que los trabajadores que han trabajado en el extranjero no se vean perjudicados en comparaci\u00f3n con los que s\u00f3lo han trabajado en su pa\u00eds.<\/p>\n<p>Los Reglamentos comunitarios se establecieron para alcanzar los siguientes objetivos:<\/p>\n<p>La totalizaci\u00f3n de todos los per\u00edodos de seguro y cotizaci\u00f3n acumulados en los Estados miembros a efectos del derecho a prestaciones;<\/p>\n<p>El pago de la pensi\u00f3n en el pa\u00eds de residencia, aunque la abone otro Estado miembro;<\/p>\n<p>Igualdad de trato con los nacionales del pa\u00eds en el que trabajan.<\/p>\n<p>Los beneficiarios son todos los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia (tambi\u00e9n los aut\u00f3nomos) nacionales de los Estados miembros; los ap\u00e1tridas o refugiados, siempre que residan en los Estados miembros; los familiares y supervivientes; los funcionarios.<\/p>\n<p>El seguro de vejez, invalidez y defunci\u00f3n, el desempleo involuntario y las prestaciones familiares est\u00e1n garantizados en todos los Estados miembros.<\/p>\n<p>La solicitud de pensi\u00f3n debe presentarse ante la instituci\u00f3n competente del territorio del Estado en el que reside, acompa\u00f1ada de los siguientes documentos<\/p>\n<p>periodos de trabajo realizados en Italia<\/p>\n<p>raz\u00f3n social de la empresa;<\/p>\n<p>cualificaci\u00f3n del trabajador;<\/p>\n<p>oficinas del INPS en Italia donde se abonaron las pensiones;<\/p>\n<p>libreta de trabajo, n\u00f3minas, cartas de contrataci\u00f3n, despido, etc.<\/p>\n<p><strong>CONVENIOS INTERNACIONALES BILATERALES<\/strong><br \/>\nAl igual que los Reglamentos comunitarios, los convenios internacionales bilaterales son acuerdos jur\u00eddicos de Derecho internacional en virtud de los cuales los Estados contratantes se comprometen a establecer y coordinar un sistema de seguridad social de car\u00e1cter rec\u00edproco que garantice la libre circulaci\u00f3n de trabajadores sancionando<\/p>\n<p>la igualdad de trato en materia de seguridad social entre todos los nacionales de los estados contratantes;<\/p>\n<p>la asimilaci\u00f3n del territorio en el sentido de que las prestaciones de seguridad social no pueden verse afectadas por el hecho de que el beneficiario resida en un Estado distinto de aquel del que recibe la prestaci\u00f3n;<\/p>\n<p>C. la totalizaci\u00f3n de los per\u00edodos de seguro a efectos del derecho a las prestaciones.<\/p>\n<p>Los pa\u00edses con los que Italia tiene convenios bilaterales en materia de Seguridad Social son los siguientes: Argentina, Bosnia Herzegovina, Brasil, Canad\u00e1, Croacia, Jersey e Islas Anglonormandas, Macedonia, Principado de M\u00f3naco, Rep\u00fablica de Cabo Verde, San Marino, Eslovenia, Serbia y Montenegro, EE.UU., Uruguay, Venezuela, Australia, Santa Sede, Suiza, T\u00fanez, Israel y Libia.<br \/>\nEn cuanto a Turqu\u00eda, est\u00e1 vinculada a Italia por el Convenio Europeo, que entr\u00f3 en vigor el 12 de abril de 1990.<br \/>\nAdem\u00e1s, se han firmado convenios con Chile, Filipinas, Marruecos y la Rep\u00fablica Checa, pero no se han ratificado.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n est\u00e1n en vigor convenios parciales de seguridad social:<\/p>\n<p>1. El acuerdo italo-mexicano relativo a la transferibilidad de las pensiones;<\/p>\n<p>2. 2. El acuerdo con Israel relativo \u00fanicamente a los trabajadores desplazados temporalmente, que, sin embargo, siguen estando plenamente sujetos a la legislaci\u00f3n de su pa\u00eds de origen.<\/p>\n<p><strong>CARACTER\u00cdSTICAS DE LAS PRESTACIONES TRATADAS EN EL R\u00c9GIMEN DEL CONVENIO<\/strong><br \/>\nSe permite la acumulaci\u00f3n de periodos de seguro siempre que los trabajadores tengan un periodo m\u00ednimo de seguro y cotizaci\u00f3n en el pa\u00eds que concede la pensi\u00f3n. Si los periodos de seguro son inferiores a este periodo m\u00ednimo, las cotizaciones no se pierden, sino que son utilizadas por el otro Estado.<br \/>\nSeg\u00fan los Reglamentos CEE, el periodo m\u00ednimo es de 52 semanas. En el caso de los convenios bilaterales, cada convenio determina el periodo m\u00ednimo de forma diferente.<\/p>\n<p>Por \u00abprorata temporis\u00bb se entiende el sistema por el que cada Estado determina la cuant\u00eda a pagar en proporci\u00f3n a las cotizaciones abonadas en su propio pa\u00eds.<br \/>\nSi, por ejemplo, un trabajador tiene al menos 20 a\u00f1os cotizados en Italia, tiene derecho a una pensi\u00f3n nacional de forma aut\u00f3noma, sin tener que recurrir a la acumulaci\u00f3n de periodos de seguro.<br \/>\nCuando, por el contrario, los a\u00f1os cotizados son m\u00e1s cortos, es necesario recurrir a la totalizaci\u00f3n de las cotizaciones abonadas en Italia y en otros pa\u00edses convenidos para acumular el derecho a la pensi\u00f3n. En este caso, la pensi\u00f3n se calcula a prorrata, es decir, en proporci\u00f3n a los periodos de seguro acumulados en el pa\u00eds que abona la pensi\u00f3n.<\/p>\n<p>Por \u00abcantidad m\u00ednima\u00bb se entiende el importe mensual de las pensiones, que en t\u00e9rminos prorrateados no puede ser inferior a la cuadrag\u00e9sima parte de la pensi\u00f3n m\u00ednima vigente en la fecha de efecto de la pensi\u00f3n, por cada a\u00f1o de cotizaci\u00f3n acreditado en Italia. En 2003, el importe del tratamiento m\u00ednimo ascend\u00eda a 402,12 euros al mes.<\/p>\n<p>La \u00abintegraci\u00f3n al tratamiento m\u00ednimo\u00bb es aquella integraci\u00f3n establecida por la ley, adem\u00e1s de la cuota de pensi\u00f3n debida al asegurado, para que esta cuota alcance un \u00abtratamiento m\u00ednimo\u00bb.<\/p>\n<p><strong>ASPECTOS FISCALES DE LAS PENSIONES<\/strong><br \/>\nEn cuanto a los aspectos fiscales de las pensiones, Italia ha firmado convenios con varios pa\u00edses para evitar la doble imposici\u00f3n. Estos convenios prev\u00e9n que la pensi\u00f3n est\u00e9 exenta de impuestos en el pa\u00eds de pago y gravada \u00fanicamente en el pa\u00eds de residencia.<\/p>\n<p>Italia ha suscrito convenios que prev\u00e9n la deducci\u00f3n fiscal en el pa\u00eds de desembolso y la imposici\u00f3n en el pa\u00eds de residencia con los siguientes Estados: Albania, Argentina, Australia, Austria, Bangladesh, Bosnia y Herzegovina, B\u00e9lgica, Brasil, Bulgaria, Canad\u00e1, China, Corea del Sur, Costa de Marfil, Croacia, Dinamarca, Ecuador, Egipto, Emiratos \u00c1rabes Unidos, Federaci\u00f3n Rusa, Filipinas, Alemania, Jap\u00f3n, Grecia, India, Indonesia, Irlanda, Israel, Kazajst\u00e1n, Kuwait, Lituania, Macedonia, Malasia, Malta, Marruecos, Mauricio, M\u00e9xico, Noruega, Nueva Zelanda, Pa\u00edses Bajos, Pakist\u00e1n, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rep\u00fablica Checa, Rep\u00fablica Federal de Yugoslavia, Rep\u00fablica Eslovaca, Ruman\u00eda, Rusia, Singapur, Eslovenia, Espa\u00f1a, Sri Lanka, EE.UU., Sud\u00e1frica, Suiza, Tanzania, Trinidad Tobago, T\u00fanez, Turqu\u00eda, Hungr\u00eda, Uni\u00f3n Sovi\u00e9tica, Venezuela, Vietnam, Zambia.<\/p>\n<p><strong>COBRO DE PENSIONES<\/strong><br \/>\nEl cobro de las pensiones en virtud de convenios internacionales se realiza mediante acuerdos celebrados entre el INPS y las distintas entidades bancarias que operan en el extranjero, de conformidad con los t\u00e9rminos de los convenios.<\/p>\n<p><strong>INCREMENTOS DE LAS PENSIONES<\/strong><br \/>\nEl t\u00e9rmino \u00abincrementos de las pensiones\u00bb hace referencia al aumento previsto por la Ley de Finanzas de 2002 en la cuant\u00eda de los incrementos sociales hasta una renta mensual de 516,46 euros al mes durante trece meses al a\u00f1o.<\/p>\n<p>En virtud de los convenios internacionales, los incrementos de los aumentos sociales se aplican a las pensiones abonadas en el extranjero. Desde el 1 de enero de 2003, los ciudadanos italianos (que cumplan los requisitos legales y previa comprobaci\u00f3n de sus condiciones de ingresos) tienen derecho a un aumento del incremento social, como garant\u00eda de sus propios ingresos.<\/p>\n<p><strong>PAGO DE PENSIONES EN EL EXTRANJERO<\/strong><br \/>\nLas pensiones se pagan cada mes a los residentes en el extranjero.<\/p>\n<p>Las pensiones inferiores a un l\u00edmite legalmente establecido se abonan cada seis meses, como en el caso de los pensionistas en Italia.<\/p>\n<p>El pago de las pensiones puede efectuarse mediante abono en la cuenta corriente del pensionista cuando as\u00ed lo prevea un acuerdo entre el INPS y el banco.<\/p>\n<p>En general, los cheques del INPS se emiten en la moneda del pa\u00eds de residencia del pensionista, con excepci\u00f3n de algunos pa\u00edses cuyas monedas no cotizan en los mercados (como Argentina, Brasil y Venezuela), en los que el pago se efect\u00faa en d\u00f3lares estadounidenses.<\/p>\n<p><strong>CONEXIONES CON EL INPS Y LAS OFICINAS CONSULARES<\/strong><br \/>\nPara hacer m\u00e1s pr\u00e1ctica y sencilla la tramitaci\u00f3n de los expedientes de quienes han trabajado en el extranjero, se han activado conexiones telem\u00e1ticas entre el INPS y las Oficinas Consulares en el extranjero. De este modo, los asegurados que residen en el extranjero, dirigi\u00e9ndose al Consulado, pueden obtener cualquier informaci\u00f3n relativa a su situaci\u00f3n de seguro con el INPS en Italia y, en particular, cualquier informaci\u00f3n sobre las pensiones.<\/p>\n<p><strong>APLICACI\u00d3N DE LAS AUTOCERTIFICACIONES EN EL \u00c1MBITO DE LA SEGURIDAD SOCIAL<\/strong><br \/>\nComo consecuencia de la aplicaci\u00f3n de la Ley 127\/97, los nacionales italianos residentes en el extranjero pueden reducir considerablemente el n\u00famero de certificaciones necesarias para obtener las distintas prestaciones de los reg\u00edmenes convencionales y no convencionales, pudiendo sustituirlas por sus propias autocertificaciones.<br \/>\nLos ciudadanos italianos residentes en el extranjero pueden presentar ante las distintas instituciones nacionales (INPS, INAIL, Ministerio del Tesoro, etc.) declaraciones autocertificativas que acrediten diversos estados, hechos y cualidades personales tales como t\u00edtulos, ingresos, cualificaci\u00f3n profesional, etc.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Seguridad social Por \u00abseguridad social\u00bb entendemos el conjunto de intervenciones destinadas a proporcionar bienes y servicios en favor de los ciudadanos necesitados; estas intervenciones van desde la asistencia gratuita a los indigentes, hasta la creaci\u00f3n e integraci\u00f3n de organismos e instituciones para garantizar a los ciudadanos incapaces de trabajar y carentes de medios sociales para [&hellip;]","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":119,"menu_order":12,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-112","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/112","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=112"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/112\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":383,"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/112\/revisions\/383"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/119"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ambsansalvador.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=112"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}