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Código de identificación fiscal

Código Fiscal

¿Qué es?

El Código Fiscal es el código alfanumérico emitido por la Agencia de Ingresos (Agenzia delle Entrate) para identificar al ciudadano (italiano o extranjero) en sus relaciones con las administraciones públicas, particulares y entidades italianas.

Para las personas naturales, el Código Fiscal se determina con base en los datos personales registrados.

Cualquier trámite administrativo (pago de tasas, impuestos, contribuciones, etc.) o actividad contractual (aceptación de herencias, contratos con entidades públicas o privadas, solicitud de financiamiento, patrocinio, arrendamiento o préstamo de bienes inmuebles, etc.) requiere la indicación del Código Fiscal de la persona que lo realiza.

¿Para qué sirve?

Cualquier trámite administrativo (pago de tasas, impuestos, contribuciones, etc.) o actividad contractual (aceptación de herencias, contratos con entidades públicas o privadas, solicitud de financiamiento, patrocinio, arrendamiento o préstamo de bienes inmuebles, etc.) requiere la indicación del Código Fiscal de la persona que lo realiza.

¿Cómo presentar la solicitud?

Los ciudadanos italianos residentes en el extranjero pueden solicitar el Código Fiscal por medio de la Oficina Consular, además de hacerlo directamente en las oficinas de la Agencia de Ingresos ubicadas en el territorio italiano, conforme al art. 1 del Decreto Ministerial de aplicación del 17 de mayo de 2001, n.° 281, considerando la amplia red y distribución de oficinas de la Agencia de Ingresos en Italia.

Los ciudadanos extranjeros no residentes en Italia pueden delegar expresamente a una persona para presentar el formulario de solicitud del Código Fiscal directamente ante las oficinas de la Agencia de Ingresos ubicadas en el territorio italiano.

CIUDADANOS ITALIANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO INSCRITOS EN AIRE

Los ciudadanos italianos mayores de edad inscritos en el AIRE pueden solicitar el Código Fiscal, para sí mismos y para sus hijos menores de edad, a través del portal telemático Fast It, accediendo al servicio correspondiente y siguiendo las instrucciones.

Siempre a través del portal Fast It será posible descargar el certificado de asignación del Código Fiscal una vez finalizado el trámite.

¿Cómo?

  • Ingresar al Portal Fast It;
  • Hacer clic en “Registro Consular y AIRE” y luego en “Asignación de Código Fiscal”;
  • Confirmar los datos e iniciar la solicitud;
  • Una vez procesada la solicitud por el Consulado, podrá descargar de manera autónoma el certificado de asignación del Código Fiscal.

Si no logra descargar el certificado:

  • Regístrese en el portal FAST IT o inicie sesión si ya tiene una cuenta activa;
  • Solicite la “Asociación en línea” haciendo clic en “Registro Consular y AIRE” y luego en “Consultar su ficha personal”;
  • Recibirá en su correo electrónico un mensaje confirmando la asociación;
  • Ingrese nuevamente al portal y descargue el certificado.

Los ciudadanos mayores de edad inscritos en el AIRE que ya poseen Código Fiscal pueden descargar directamente el certificado de asignación a través del portal Fast It, sin necesidad de intervención del Consulado.

Quienes deseen recibir también la tarjeta física del Código Fiscal deberán solicitarla presentando el formulario correspondiente junto con copia de un documento de identidad.

En caso de pérdida o destrucción del certificado en papel o de la tarjeta plastificada, se podrá solicitar un duplicado siguiendo el mismo procedimiento de asignación.

Para mayor información, se recomienda visitar el sitio web de la Oficina Consular competente.

CIUDADANOS EXTRANJEROS NO RESIDENTES EN ITALIA

Los ciudadanos extranjeros pueden solicitar el Código Fiscal mediante las siguientes modalidades:

A través de la Oficina Consular italiana competente según su lugar de residencia

La solicitud deberá presentarse completando el formulario correspondiente, adjuntando copia de un documento de identidad e indicando el motivo de la solicitud.

Para mayor información, se recomienda visitar el sitio web de la Oficina Consular competente.

Mediante poder especial

Se puede otorgar poder especial a una persona para que presente el formulario de solicitud del Código Fiscal directamente ante las oficinas de la Agencia de Ingresos en Italia, conforme al art. 1 del Decreto Ministerial del 17 de mayo de 2001, n.° 281.

Las direcciones de las oficinas de la Agencia de Ingresos están disponibles en el sitio web: www.agenziaentrate.it

Para la legalización de documentos extranjeros: Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional.

Directamente en Italia

Una vez ingresado al país, el solicitante puede acudir directamente a las oficinas de la Agencia de Ingresos.

Para más información, se recomienda consultar la “Mini Guía del Código Fiscal para extranjeros” disponible en varios idiomas en el sitio web de la Agencia de Ingresos.

En particular:

Ciudadanos de países de la Unión Europea

Los ciudadanos de países de la UE que deseen residir en Italia pueden solicitar el Código Fiscal presentando el formulario AA4/8 en una oficina territorial de la Agencia de Ingresos.

La solicitud debe estar debidamente justificada y acompañada de un documento vigente (pasaporte o documento de identidad válido para viajar).

Ciudadanos de países no pertenecientes a la UE

A los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que deseen residir en Italia, el Código Fiscal les será asignado:

  • Por la Ventanilla Única de Inmigración, presente en cada Prefectura, competente para emitir la autorización de ingreso a ciudadanos extranjeros que soliciten permiso de residencia por trabajo dependiente o reunificación familiar;
  • Por la Jefatura de Policía (Questura), para quienes soliciten otros tipos de permiso de residencia.

Motivos de estudio

El ciudadano extranjero que llegue a Italia por motivos de estudio y permanezca menos de 90 días podrá solicitar el Código Fiscal en cualquier oficina de la Agencia de Ingresos.

El ciudadano extranjero que llegue por motivos de estudio y permanezca más de 90 días deberá solicitar previamente el permiso de residencia ante la Questura y, en ese proceso, se le asignará el Código Fiscal.