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Traducción y legalización de documentos

La legalización es un procedimiento mediante el cual se acredita oficialmente la cualificación jurídica del funcionario público que ha firmado un acto y la autenticidad de su firma.

Para tener validez en Italia, las escrituras y documentos expedidos por autoridades extranjeras deben ser legalizados por las representaciones diplomáticas-consulares italianas en el extranjero.
Dichas escrituras y documentos, salvo los redactados según modelos multilingües previstos por convenios internacionales, también deben ser traducidos al italiano y declarados conformes con el original por un traductor oficial o por la oficina consular.
En los países que han firmado el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 sobre la supresión de la legalización de documentos públicos extranjeros, se sustituye por una «apostilla». La apostilla la coloca la autoridad interna designada por cada Estado; el documento apostillado se reconoce directamente en el Estado receptor.
Numerosos convenios bilaterales o multilaterales han seguido al Convenio para simplificar aún más la circulación de documentos entre Estados.

La novedad más relevante es la entrada en vigor (para Italia, el 16/02/2019) del Reglamento UE 2016/1191, que suprime la obligación de legalizar o cumplir formalidades similares sobre determinados actos públicos, administrativos, notariales y judiciales dictados por un Estado miembro y que deban ejecutarse en otro Estado miembro.

Legislación de referencia principal: Decreto Legislativo 445/2000, artículos 30 a 34; Reglamento UE 2016/1191.

Conformidad de las traducciones
Una escritura extranjera que deba ser válida en Italia debe ir acompañada de una traducción al italiano, certificada conforme por la representación diplomática/consular competente o por un traductor oficial.

Sin embargo, el Reglamento 2016/1191 de la UE establece, para los Estados adherentes, que los actos públicos emitidos en formularios estándar multilingües no requieren traducción.

Legislación de referencia principal: Decreto Legislativo 445/2000, art. 33; Reglamento UE 2016/1191.

Dichiarazioni di valore

Documentacion necesaria:

  • Diploma original (o copia autenticada) con apostilla y traducción
  • Notas de ultimo año con apostilla y traducción; si es un título universitario seran necesarias tambein todas las notas de la universidad, el número de registro del título apostillado y traducido, y copia del título de bachiller (solo copia, no es necesario traducir ni apostillar)
  • Si aplica, Constancia de la Junta de Vigilancia de su Profesión (traducido y apostillado)
  • Pasaporte, DUI y permesso di soggiorno de los interesados.
  • Llenar el formulario delega, si la persona solicitante esta en Italia. Traer firmado el día de la cita, con fotocopia documento de la persona interesada y de la persona que vendrá esta sede.
  • El costo de la declaración de valor es de 41.00 euros   y por cada autentica de hoja de traducción en italiano tiene un costo de 13.00 euros

Lista dei traduttori – Ambasciata d’Italia San Salvador (esteri.it)